miércoles, 14 de mayo de 2014

EXPOSICIÓN DE GRUPO



DERECHOS DE AUTOR EN LA PROTECCIÓN DE PROGRAMAS DE COMPUTADOR, SOFTWARE Y BASES DE DATOS.

En esta exposición podemos observar como la propiedad intelectual mediante patente protege las ideas en sí mismas, mientras que los derechos de autor no protege las ideas, sino la materialización que se haga de ellas , pero no la idea como tal.
Internacionalmente El Software es protegido jurídicamente por El Convenio de Berna, El Convenio de París y La Convención Universal sobre Derechos de Autor.
Por otra parte, LAS BASES DE DATOS, Son protegidos por la disciplina de autor cuando constituyan en sí mismas una creación intelectual y hayan reportado para su creador un verdadero esfuerzo creativo.Pueden representar algún esfuerzo intelectual en su organización, selección o disposición. Un ejemplo es la base de datos que presenta de manera esquemática y organizada en orden alfabético los nombres, direcciones, dirección electrónica, teléfonos y faxes de los habitantes De determinada ciudad, y a los cuales se puede acceder por cualquiera de estos ítems. 




No hay comentarios:

Publicar un comentario